Divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2019/2088 sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

PUNTOS CLAVE

El Reglamento hace una distinción clara entre los riesgos de sostenibilidad de afuera hacia adentro [hechos o condiciones ambientales, sociales o de gobernanza (ASG) que, de producirse, podrían provocar un impacto material negativo real o potencial en el valor de una inversión] e impactos adversos sobre los factores de sostenibilidad (factores externos negativos sobre las condiciones ASG). Asimismo, el Reglamento aclara los posibles impactos positivos de sostenibilidad de la inversión.

Transparencia a nivel de entidad / transparencia por parte de los participantes en el mercado financiero y los asesores financieros

Los participantes en los mercados financieros y los asesores financieros deben publicar en sus sitios web:

Además, los sitios web de los participantes en los mercados financieros y los asesores financieros deben incluir información sobre cómo:

Transparencia de los productos financieros

Hasta la fecha, se han creado productos financieros sostenibles con diversos grados de ambición. Por tanto, el presente Reglamento distingue entre los requisitos de transparencia:

Ambas categorías de productos financieros deben explicar de qué modo logran la sostenibilidad en los ámbitos ASG en documentos precontractuales relativos a los productos financieros* y lo que han conseguido en documentos periódicos relativos a los productos financieros*.

Asimismo, todos los productos financieros deben:

Se aplican normas similares a los asesores financieros. Además, los participantes en los mercados financieros que tengan en cuenta las principales incidencias adversas sobre los factores de sostenibilidad, deben explicar si esto sucede, y si es así, cómo sus productos financieros las tienen en cuenta.

Las autoridades europeas de supervisión deben:

Dicho informe se hace público y se envía al Parlamento Europeo y al Consejo de la Unión Europea.

Los Estados miembros de la Unión Europea (UE):

La Comisión:

El Reglamento no se aplica automáticamente a:

Actos delegados

El Reglamento delegado (UE) 2022/1288 complementa el Reglamento (UE) 2019/2088 en lo que respecta a las normas técnicas de regulación, especificando el contenido, las metodologías y la presentación de la información en los documentos precontractuales, en los sitios web y en los informes periódicos relativos a:

El 31 de octubre de 2022, la Comisión adoptó modificaciones del presente Reglamento delegado [Reglamento delegado (UE) 2023/363] para exigir a los participantes en el mercado financiero que divulguen en qué medida sus carteras están expuestas a actividades relacionadas con el gas y la energía nuclear que se ajusten al Reglamento sobre la taxonomía (véase la síntesis), tal como se establece en el acto delegado complementario sobre el clima.

Estas modificaciones tienen por objeto aumentar la transparencia y permitir a los inversores tomar decisiones de inversión con conocimiento de causa.

Los requisitos y las normas están en vigor desde el 1 de enero de 2023 y las modificaciones están en vigor desde el 20 de febrero de 2023.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 10 de marzo de 2021, a excepción de las normas relativas a la transparencia de incidencias adversas en materia de sostenibilidad a nivel de entidad en la medida en la que se apliquen a los participantes en mercados financieros que superen la media de quinientos empleados durante el ejercicio presupuestario o que sean sociedades matrices de un grupo grande que superen, sobre una base consolidada, los quinientos empleados durante el ejercicio presupuestario. En estos casos, está en vigor desde el 30 de junio de 2021.

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

TÉRMINOS CLAVE

Participante en los mercados financieros. Todas las entidades financieras que presten servicios de gestión del dinero de sus clientes a través de productos financieros y que sean:
Asesor financiero. Este término abarca lo siguiente, a saber:
Productos financieros. Inversiones, tales como:
Documentos precontractuales relativos a los productos financieros. Documentos en los que se comparte información sobre los productos financieros antes de que un inversor tome la decisión de invertir.
Documentos periódicos relativos a los productos financieros. Informes, generalmente de carácter anual, relativos al rendimiento de productos financieros específicos.
Productos de inversión basados en seguros (PIBS). Una gama de productos de inversión comercializados para inversores minoristas que están sujetos a un riesgo de inversión. Entre ellos se encuentran los productos financieros estructurados, como opciones, que se empaquetan en pólizas de seguro.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2019/2088 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros (DO L 317 de 9.12.2019, pp. 1-16).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) 2019/2088 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento delegado (UE) 2022/1288 de la Comisión, de 6 de abril de 2022, por el que se completa el Reglamento (UE) 2019/2088 del Parlamento Europeo y del Consejo respecto a las normas técnicas de regulación que especifican los pormenores en materia de contenido y presentación que ha de cumplir la información relativa al principio de «no causar un perjuicio significativo», y especifican el contenido, los métodos y la presentación para la información relativa a los indicadores de sostenibilidad y las incidencias adversas en materia de sostenibilidad, así como el contenido y la presentación de información relativa a la promoción de características medioambientales o sociales y de objetivos de inversión sostenible en los documentos precontractuales, en los sitios web y en los informes periódicos (DO L 196 de 25.7.2022, pp. 1–72). Texto nuevamente publicado en la Corrección de errores (DO L 332 de 27.12.2022, pp. 1–74).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) 2019/1238 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativo a un producto paneuropeo de pensiones individuales (PEPP) (DO L 198 de 25.7.2019, pp. 1-63).

Directiva (UE) 2016/2341 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a las actividades y la supervisión de los fondos de pensiones de empleo (FPE) (versión refundida) (DO L 354 de 23.12.2016, pp. 37-85).

Directiva (UE) 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de enero de 2016, sobre la distribución de seguros (versión refundida) (DO L 26 de 2.2.2016, pp. 19-59).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) 2015/760 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, sobre los fondos de inversión a largo plazo europeos (DO L 123 de 19.5.2015, pp. 98-121).

Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros y por la que se modifican la Directiva 2002/92/CE y la Directiva 2011/61/UE (versión refundida) (DO L 173 de 12.6.2014, pp. 349-496).

Véase la versión consolidada.

Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE (DO L 176 de 27.6.2013, pp. 338-436).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) n.o 345/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2013, sobre los fondos de capital riesgo europeos (DO L 115 de 25.4.2013, pp. 1-17).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) n.o 346/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2013, sobre los fondos de emprendimiento social europeos (DO L 115 de 25.4.2013, pp. 18-38).

Véase la versión consolidada.

Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, relativa a los gestores de fondos de inversión alternativos y por la que se modifican las Directivas 2003/41/CE y 2009/65/CE y los Reglamentos (CE) n.o 1060/2009 y (UE) n.o 1095/2010 (DO L 174 de 1.7.2011, pp. 1-73).

Véase la versión consolidada.

Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, sobre el seguro de vida, el acceso a la actividad de seguro y de reaseguro y su ejercicio (Solvencia II) (versión refundida) (DO L 335 de 17.12.2009, pp. 1-155).

Véase la versión consolidada.

Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) (versión refundida) (DO L 302 de 17.11.2009, pp. 32-96).

Véase la versión consolidada.

última actualización 06.03.2023